HABITANTES DE CALLE NO PODRÁN SER SANCIONADOS POR HACER NECESIDADES EN VIAS PUBLICAS 

18 DE MARZO DE 2021

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Habitantes de calle no pueden ser sancionados por hacer necesidades en las vías públicas según la corte constitucional, esto se planteó el día 18 de marzo de 2021 en la ciudad de Bogotá, a causa de una sentencia que vulnera los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, intimidad y autonomía de dicha población, según la corte. 













 

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