HABITANTES DE CALLE NO PODRÁN SER SANCIONADOS POR HACER NECESIDADES EN VIAS PUBLICAS
18 DE MARZO DE 2021

Habitantes de calle no pueden ser sancionados por hacer
necesidades en las vías públicas según la corte constitucional, esto se planteó
el día 18 de marzo de 2021 en la ciudad de Bogotá, a causa de una sentencia que
vulnera los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, intimidad y autonomía
de dicha población, según la corte.
Comentarios
Publicar un comentario